Este sistema aúna gran parte de las ventajas de la caldera comunitaria y las de la calefacción individual porque dispone de contadores particulares que registran el consumo de cada vivienda y se abona en función del gasto realizado. Por regla general, se hace un desembolso mensual fijo dirigido al mantenimiento de la caldera y después el que figure en el medidor. Así el usuario puede gestionar su calefacción, bajar el termostato, utilizar agua caliente u optar por la fría y no pagar por lo que hagan sus vecinos, a excepción de la cuota fija.
La obligación de instalar contadores individuales en calefacción central afecta a los titulares de las instalaciones térmicas que suministren calefacción o refrigeración a un edificio a partir de una instalación centralizada que abastezca a varios consumidores, cuando dichas instalaciones térmicas no dispongan de un sistema que permita el reparto de los gastos correspondientes a cada servicio (calefacción y refrigeración) entre los diferentes consumidores. Siempre que sea técnicamente viable y económicamente rentable.
Cuando el uso de contadores individuales no sea técnicamente viable, los titulares deberán instalar repartidores de costes de calefacción si ello resulta técnicamente viable y económicamente rentable. La empresa que realiza el mantenimiento de la instalación térmica centralizada deberá asesorar, a los titulares de la misma sobre su posible exclusión de la obligación de instalar equipos de contabilización individualizada, tanto por inviabilidad técnica, como por su ubicación geográfica.
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